sábado, 22 de julio de 2017

OMPI fija un límite a los ingresos por derechos de música nocturna

Fotografía sede OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual)
lavanguardia.- La Organización Mundial de Propiedad Intelectual ha establecido un límite del 20 por ciento en ingresos por derechos de música objeto de reparto a la franja nocturna, según ha informado este jueves 20 de julio la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) en un comunicado.

Este laudo llega un mes después del registro policial de la sede de la SGAE y de la detención de 18 personas relacionadas con la denominada "trama de la rueda", un supuesto registro fraudulento de modificaciones de obras originales sin variación alguna de las auténticas para ser emitidas en programas nocturnos de televisión.
Este arbitraje internacional notificó este miércoles día 19 a la SGAE el laudo dictado en el procedimiento al que la entidad se sometió por acuerdo de su Junta Directiva el 21 de diciembre de 2016 y que es de "aplicación directa", por lo que la entidad ya trabaja en los cambios necesarios para que el próximo reparto se rija por los criterios establecidos.
En concreto, el laudo, establecido de manera "unánime" por los tres árbitros designados, establece que en la franja de madrugada, al "carecer de audiencia significativa y de valor comercial", se conceda un total de lo recaudado de cada uno de los usuarios que ascienda a una cantidad fija que oscile entre el 10 y el 20 por ciento de ese total recaudado (sugiriendo que se sitúe en el 15%).
LO INAUDIBLE NO GENERA DERECHOS
En el resto de franjas, el tribunal señala que deberá procederse a un nuevo reparto con la cantidad existente después de aplicarse el apartado anterior. Además, respecto a los fondos musicales y su reparto, los fondos no audibles o inaudibles no podrán generar derecho alguno de reparto; mientras que ve "razonable" reducir un 50 por ciento la asignación de derechos de los fondos "escasamente audibles".
De esta forma, se deberá redistribuir el sobrante que supere el límite establecido entre el resto de franjas en función de la ponderación que actualmente tienen establecidas. Así, "se evita la actual distorsión del reparto y se equilibra el reparto de derechos entre el resto de franjas", según indica la SGAE.
Las cuestiones sometidas a resolución ante este tribunal han sido, por un lado, la determinación de las ponderaciones de valor que se otorgan a las distintas franjas horarias en el reglamento de la SGAE para hacer el reparto, especialmente a la franja nocturna, debiéndose fijar los criterios que tienen que seguirse para su establecimiento.
Asimismo, las normas para admitir o rechazar las obras declaradas por los usuarios en emisiones de música de fondo, que se transmiten con un nivel sonoro notablemente más bajo al de las emisiones ordinarias.
Con este laudo se pone fin a un largo conflicto que ha afectado a la SGAE en relación con el reparto de derechos de autor en las denominadas franjas horarias nocturnas en las televisiones. Según ha destacado la SGAE, "la gran cantidad de agentes implicados y los intereses contrapuestos en este asunto ha dificultado la solución interna, motivo por el que se solicitó un arbitraje".